El 1ro de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Infraestructura de la Calidad; sustituyendo y abrogando la Ley de Federal sobre Metrología y Normalización.
La Ley Federal sobre Normalización, dada a conocer en 1992, tenía como objetivo alentar a las empresas a tomar mayores medidas de calidad a través de la metrología, estableciendo un Sistema General de Unidades de Medida, así como fomentar la transparencia y eficiencia de los productos y servicios, con distintas normativas, certificaciones y acreditaciones para las empresas, ya que el intercambio comercial de México con otros países iba en aumento.
En agosto de 2019 se presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de esta ley, siguiendo así el proyecto de la nueva Ley de Infraestructura de la Calidad por la Secretaría de Economía con el propósito de emitir con mayor libertad Normas Oficiales Mexicanas y Estándares, para generar mayor competitividad y fomentar el desarrollo de nuevas tecnologías.
La Ley de Infraestructura de Calidad, busca la participación de los sectores público, social y privado en la elaboración y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas y Estándares. Este cambio en las leyes se da al expedir nuevas disposiciones que reformulan el sistema de normalización, estandarización, evaluación de la conformidad y metrología en México, con la creación de un nuevo marco normativo que afronte los retos de los acuerdos de comercio internacional en el que el país se ve involucrado.
Dentro de los cambios, mantiene el Sistema General de Unidades de Medida y el Centro Nacional de Metrología, así como las Entidades de Acreditación, pero crea los Institutos Designados de Metrología, y establece lo referente a la metrología científica, metrología legal y la metrología aplicada o industria.
Esta nueva Ley entrará en vigor a los 60 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización seguirá siendo aplicable en lo que se expide el Reglamento de la Ley de la Infraestructura de la Calidad, mientras no se oponga a la misma.