Te sorprenderías de conocer algunos de los casos más impactantes de fraude alimentario, donde los productos que considerabas «sanos» o «100% orgánicos» resultaron ser falsos y elaborados con otros productos o químicos que no aportan a una buena nutrición.
Algunos ejemplos incluyen la controversial comercialización del aceite de colza desnaturalizado que se etiquetó como aceite de oliva en 1981, además del caso de alimentos para mascotas en donde se remplazó proteína de suero por relleno de melanina, también la comercialización de carne de zorro etiquetada como carne de burro en China, y la comercialización de carne de res mezclada con carne de caballo en Europa, en el año 2013.
Para el consumidor los riesgos relacionados con el fraude alimentario pueden ser varios, como:
a) Directos: como la adición de melanina a la leche en polvo que da lugar a una exposición extremadamente tóxica, o el ocultamiento de sustancias que producen alergias no declaradas.
b) Indirectos: El consumidor se pone en riesgo por la exposición a largo plazo (altos niveles de metales pesados en los complementos alimenticios que causan daño, o la falta de beneficio, durante un período más prolongado).
c) Técnico: Indica que la trazabilidad del material puede haberse visto comprometida y la empresa ya no puede garantizar la seguridad de sus productos alimentarios.
En la necesidad de buscar estándares que normalicen las buenas prácticas de las empresas y garanticen la confiabilidad tanto de los ingredientes, procesos y calidad de los productos, como de la información que es presentada al consumidor, el sistema de certificación FSSC 22000 (basado en norma ISO 22000) está diseñado para impulsar la armonización internacional y la transparencia en las normas de inocuidad alimentaria. En enero de 2018 presentó su nueva versión (FSSC 22000 v4.1), en la que entre los cambios y nuevos requisitos se encuentra un mayor énfasis en la “defensa y prevención del fraude alimentario».
Esto se ha vuelto obligatorio desde el 1 de enero de 2018 e incluye los requisitos para una evaluación de vulnerabilidad de fraude alimentario, además de un plan de prevención de fraude alimentario aplicable a todos los productos.
La definición que utiliza FSSC para referirse al fraude alimentario se basa en el documento de GFSI:
Término colectivo que abarca la sustitución intencional, adición, alteración o tergiversación de alimentos, ingredientes, envasado de alimentos, etiquetado, información de productos o declaraciones falsas o engañosas sobre un producto para obtener beneficios económicos que podrían afectar salud del consumidor.
En el punto 2.1.4.4 de la norma se detallan los requisitos para la prevención del fraude alimentario:
1. La organización debe tener un procedimiento de evaluación de vulnerabilidad documentado e implementado que:
a) Identifique vulnerabilidades potenciales.
b) Desarrolle medidas de control.
c) Las priorice contra las vulnerabilidades identificadas.
2. Para identificar las vulnerabilidades, la organización debe evaluar la susceptibilidad de sus productos a posibles actos de fraude alimentario.
La organización debe implementar medidas de control apropiadas para reducir o eliminar las vulnerabilidades identificadas.
1. Todas las políticas, procedimientos y registros se incluyen en un plan de prevención de fraude alimentario respaldado por el sistema de gestión de seguridad alimentaria de la organización para todos sus productos.
2. El plan debe cumplir con la legislación aplicable.
El fraude alimentario puede representar de alimentos un impacto económico muy alto para los productores (como recuperación, pérdida de ventas, costo de reconstrucción de la reputación, entre otros), pero también la confianza del consumidor es importante, no solo para las empresas, también para la industria alimentaria. Por otro lado, la Convención de Farmacopea de Estados Unidos ha divulgado una guía de prevención del fraude alimenticio como parte de un esfuerzo para ayudar a identificar ingredientes alimentarios problemáticos. Esta guía incluye un catálogo de métodos de detección y acciones para mitigar los efectos de fraudes alimentarios.