Para garantizar la protección de la salud de los trabajadores en el ámbito laboral, la NOM-036-1-STPS-2018 establece los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo.
El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo considera como factores de riesgo ergonómico aquellos que conllevan un esfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en la actividad desarrollada con la consecuente fatiga, accidentes y enfermedades de trabajo, derivados del diseño de las instalaciones, maquinaria, equipo, mobiliario o herramientas de trabajo.
La norma señala que los empleadores tienen la obligación de adoptar medidas de prevención y control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico, vigilar la salud de los trabajadores, informarles sobre las posibles alteraciones por el manejo manual de cargas, además de proporcionar capacitación y adiestramiento al personal sobre los procedimientos de seguridad en las prácticas de trabajo.
Por su parte, los trabajadores deben observar las medidas de prevención y control, así como los procedimientos de seguridad, mantener sus lugares de trabajo y áreas comunes ordenados, limpios y libres de obstáculos, participar en la capacitación, informar sobre si existen condiciones inseguras en el desarrollo de sus actividades y sus posibles limitaciones para la realización de estas debido a problemas de salud.
Para el desarrollo de las actividades que involucren un manejo manual de cargas es necesario contar con un procedimiento de seguridad que contemple:
Las actividades de manejo manual de cargas deberán ser realizadas por trabajadores que cuenten con una aptitud física avalada por un médico o por una institución de seguridad social.