El 9 de octubre del 2015 se publicó la NOM 018 STPS 2015. Sistema armonizado para la identificación de peligros y sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo. Entra en vigor el 9 de octubre del 2018.
El objetivo de la norma es establecer los requisitos mínimos de un sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas que de acuerdo a sus características físicas, químicas, de toxicidad, concentración y tiempo de exposición, afectan la salud de los trabajadores o podrían causar un daño en el centro de trabajo.
El sistema globalmente armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos (GHS o SGA). El SGA surge a partir de la necesidad de armonizar los sistemas existentes de clasificación, etiquetado y fichas de seguridad de productos químicos. El sistema fue consolidado en el sector del transporte, mediante el cual se dispone de criterios para la clasificación y etiquetado de productos químicos que presentan peligros físicos y/o peligro de toxicidad aguda (trabajo realizado por el Comité de Expertos en Transporte de Mercancías Peligrosas del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas). El sistema armonizado establece criterios armonizados para clasificar, identificar, etiquetar y documentar las sustancias y mezclas con respecto a los peligros físicos, a la salud y para el medio ambiente.
Es prioridad que las organizaciones comiencen a trabajar en el cambio de la norma para su mejor entendimiento y aplicación.
Obligaciones de las organizaciones:
• Contar con el sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas y mezclas, de acuerdo con lo que dispone la norma.
• Implementar en el centro de trabajo, el sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas y mezclas.
• Contar con las hojas de datos de seguridad de todas las sustancias químicas peligrosas y mezclas que se manejen en el centro de trabajo.
• Poner a disposición permanentemente de los trabajadores, para su consulta, las hojas de datos de seguridad en las áreas donde se manejen sustancias químicas peligrosas y mezclas.
• Señalizar los depósitos, recipientes, anaqueles o áreas de almacenamiento que contengan sustancias químicas peligrosas y mezclas.
• Informar a todos los trabajadores y contratistas que manejan sustancias químicas peligrosas y mezclas, sobre los elementos de la hoja de datos de seguridad y de la señalización, incluidos aquellos trabajadores que tenga algún tipo de actuación en caso de emergencia.
• Capacitar y adiestrar a los trabajadores del centro de trabajo que manejan sustancias químicas peligrosas y mezclas, sobre el contenido de las hojas de datos de seguridad y de la señalización.
• Entregar a sus clientes las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas peligrosas y mezclas que comercialicen.
Obligaciones de los trabajadores:
• Participar en la implementación del sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros de las sustancias químicas peligrosas y mezclas en el centro de trabajo.
• Asistir a la capacitación y adiestramiento proporcionados por el patrón.
• Conocer el contenido y la información de las hojas de datos de seguridad y de la señalización de las sustancias químicas peligrosas y mezclas que manejen en el centro de trabajo.
• Comunicar al patrón sobre la falta de las hojas de datos de seguridad, y de la señalización en los depósitos, recipientes y áreas de almacenamiento, de las sustancias químicas peligrosas y mezclas que se manejen en el centro de trabajo.
El Sistema Armonizado de Identificación y Comunicación de Peligros y Riesgos es un estándar internacional en el cual, en todo el mundo se plantea una comunicación similar en cuanto a los riesgos y peligros que se puedan presentar por los químicos empleados en la organización. Se deberá contar con el listado actualizado de las sustancias químicas peligrosas y mezclas, en su caso, que contenga al menos:
- El nombre de la sustancia química peligrosa o mezcla.
- El número CAS para la sustancia y para las mezclas el número CAS de los componentes.
- La clasificación de sus peligros físicos y para la salud, específicos, relacionados con sus correspondientes divisiones o categorías.
- Las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas peligrosas y mezclas.
- La señalización o el etiquetado.
- La capacitación y adiestramiento proporcionado a los trabajadores sobre el contenido de las hojas de datos de seguridad y de la señalización.
La hoja de datos de seguridad de la sustancia química peligrosa o mezcla, deberá contar con las secciones e información siguientes:
SECCIÓN 1. Identificación de la sustancia química peligrosa o mezcla y del proveedor o fabricante:
1) Nombre de la sustancia química peligrosa o mezcla.
2) Otros medios de identificación.
3) Uso recomendado de la sustancia química peligrosa o mezcla, y restricciones de uso.
4) Datos del proveedor o fabricante.
5) Número de teléfono en caso de emergencia.
SECCIÓN 2. Identificación de los peligros:
1) Clasificación de la sustancia química peligrosa o mezcla, conforme a lo que señala el GHS.
Pictogramas de peligrosos físicos
|
- Gases comburentes (categoría 1).
- Líquidos comburentes (categorías 1 al 3)
- Sólidos comburentes (categorías 1 al 3).
|
- Gases inflamables (categoría 1), Aerosoles (categorías 1 y 2).
- Líquidos inflamables (categorías 1 al 3).
- Sólidos inflamables (categorías 1 y 2).
- Sustancias y mezclas que reaccionan espontáneamente (tipos B al F).
- Líquidos pirofóricos (categoría 1), Sólidos pirofóricos (categoría 1).
- Sustancias y mezclas que experimentan calentamiento espontáneo (categorías 1 y 2).
- Sustancias y mezclas que en contacto con el agua, desprenden gases inflamables (categorías 1 al 3).
- Peróxidos orgánicos (tipos B al F).
- Explosivos (inestable y divisiones 1.1 al 1.4).
- Sustancias y mezclas que reaccionan espontáneamente (tipo A y B).
- Peróxidos orgánicos (tipo A y B).
- Gases a presión (comprimido, licuado, licuado refrigerado y disuelto).
- Sustancias y mezclas corrosivas para los metales (categoría 1).
Pictogramas de peligros para la salud
|
- Toxicidad aguda por ingestión, (categorías 1 al 3).
- Toxicidad aguda por vía cutánea (categoría 4).
- Toxicidad aguda por inhalación, (categorías 1 al 3).
|
- Corrosión/Irritación cutáneas (categoría 1).
- Lesiones oculares graves/Irritación ocular (categoría 1).
|
- Sensibilización respiratoria (categorías 1, 1A* y 1B*).
- Mutagenicidad en células germinales (categorías 1 [tanto 1A como 1B] y 2).
- Carcinogenicidad (categorías 1[tanto 1A como 1B] y 2).
- Toxicidad para la reproducción (categorías 1 [tanto 1A como 1B] y 2).
- Toxicidad sistémica específica de órganos blanco (exposición única) (categorías 1 y 2).
- Toxicidad sistémica específica de órganos blanco (exposiciones repetidas) (categorías 1 y 2).
- Peligro por aspiración (categorías 1 y 2).
|
- Toxicidad aguda por ingestión (categoría 4).
- Toxicidad aguda por vía cutánea (categoría 4).
- Toxicidad aguda por inhalación (categoría 4).
- Corrosión/Irritación cutáneas (categoría 2).
- Lesiones oculares graves/Irritación ocular (categoría 2/2A).
- Sensibilización cutánea (categorías 1, 1A* y 1B*).
- Lesiones oculares graves (categoría 2A).
- Toxicidad específica de órganos blanco (exposición única) (categorías 3)
|
|
|
3) Otros peligros que no contribuyen en la clasificación.
SECCIÓN 3. Composición/información sobre los componentes:
1) Para sustancias
i. Identidad química de la sustancia.
ii. Nombre común, sinónimos de la sustancia química peligrosa o mezcla.
iii. Al menos el Número CAS, y número ONU, entre otros.
iv. Impurezas y aditivos estabilizadores que estén a su vez clasificados y que contribuyan a la clasificación de la sustancia.
2) Para mezclas
La identidad química y la concentración o rangos de concentración de todos los componentes que sean peligrosos según los criterios de esta Norma y estén presentes en niveles superiores a sus valores límite de composición en la mezcla.
* En el caso de sustancias químicas peligrosas y mezclas consideradas como información comercial confidencial, deberá expresarlo como tal.
SECCIÓN 4. Primeros auxilios:
1) Descripción de los primeros auxilios.
2) Síntomas y efectos más importantes, agudos y crónicos.
3) Indicación de la necesidad de recibir atención médica inmediata y, en su caso, tratamiento especial.
SECCIÓN 5. Medidas contra incendios:
1) Medios de extinción apropiados.
2) Peligros específicos de las sustancias químicas peligrosas o mezclas.
3) Medidas especiales que deberán seguir los grupos de combate contra incendio.
SECCIÓN 6. Medidas que deben tomarse en caso de derrame accidental o fuga accidental:
1) Precauciones personales, equipos de protección y procedimientos de emergencia.
2) Precauciones relativas al medio ambiente.
3) Métodos y materiales para la contención y limpieza de derrames o fugas.
SECCIÓN 7. Manejo y almacenamiento:
1) Precauciones que se deben tomar para garantizar un manejo seguro.
2) Condiciones de almacenamiento seguro, incluida cualquier incompatibilidad.
SECCIÓN 8. Controles de exposición/protección personal:
1) Parámetros de control.
2) Controles técnicos apropiados.
3) Medidas de protección individual, como equipo de protección personal, EPP.
SECCIÓN 9. Propiedades físicas y químicas:
1) Apariencia (estado físico, color, etc.).
2) Olor.
3) Umbral del olor.
4) Potencial de hidrógeno, pH.
5) Punto de fusión/punto de congelación.
6) Punto inicial e intervalo de ebullición.
7) Punto de inflamación.
8) Velocidad de evaporación.
9) Inflamabilidad (sólido/gas).
10) Límite superior/inferior de inflamabilidad o explosividad
11) Presión de vapor.
12) Densidad de vapor.
13) Densidad relativa.
14) Solubilidad(es).
15) Coeficiente de partición n-octanol/agua.
16) Temperatura de ignición espontánea.
17) Temperatura de descomposición.
18) Viscosidad.
19) Peso molecular.
20) Otros datos relevantes.
SECCIÓN 10. Estabilidad y reactividad:
1) Reactividad.
2) Estabilidad química.
3) Posibilidad de reacciones peligrosas.
4) Condiciones que deberán evitarse.
5) Materiales incompatibles.
6) Productos de descomposición peligrosos.
SECCIÓN 11. Información toxicológica:
1) Información sobre las vías probables de ingreso.
2) Síntomas relacionados con las características físicas, químicas y toxicológicas.
3) Efectos inmediatos y retardados, así como efectos crónicos producidos por una exposición a corto o largo plazo.
4) Medidas numéricas de toxicidad (tales como estimaciones de toxicidad aguda).
5) Efectos interactivos.
6) Cuando no se disponga de datos químicos específicos.
7) Mezclas.
8) Información sobre la mezcla o sobre sus componentes.
9) Otra información.
SECCIÓN 12. Información ecotoxicológica:
1) Toxicidad.
2) Persistencia y degradabilidad.
3) Potencial de bioacumulación.
4) Movilidad en el suelo.
5) Otros efectos adversos.
SECCIÓN 13. Información relativa a la eliminación de los productos:
Descripción de los residuos e información sobre la manera de manipularlos sin peligro y sus métodos de eliminación, incluida la eliminación de los recipientes contaminados.
SECCIÓN 14. Información relativa al transporte:
1) Número ONU.
2) Designación oficial de transporte de las Naciones Unidas.
3) Clase(s) de peligros en el transporte.
4) Grupo de embalaje/envasado, si se aplica.
5) Riesgos ambientales.
6) Precauciones especiales para el usuario.
7) Transporte a granel con arreglo al anexo II de MARPOL 73/78 y al Código CIQ (IBC por sus siglas en inglés).
SECCIÓN 15. Información reglamentaria:
Disposiciones específicas sobre seguridad, salud y medio ambiente para las sustancias químicas peligrosas o mezcla de que se trate.
SECCIÓN 16. Otras informaciones incluidas las relativas a la preparación y actualización de las hojas de datos de seguridad:
La hoja de datos de seguridad deberá tener la leyenda siguiente: La información se considera correcta, pero no es exhaustiva y se utilizará únicamente como orientación, la cual está basada en el conocimiento actual de la sustancia química o mezcla y es aplicable a las precauciones de seguridad apropiadas para el producto.
Es importante que actualices la información referente a los químicos y profundice en la normativa que será evaluada próximamente, consúltala en el Diario Oficial de la Federación.