Home Office y la Ley Federal de Trabajo

Tras la emergencia sanitaria causada por la pandemia del covid-19, muchas empresas se vieron obligadas a adaptar su forma de trabajo a una modalidad a distancia que cumpliera con las recomendaciones sanitarias para evitar los contagios entre empleados, llegando con esto el teletrabajo mejor conocido como Home Office.

 

A dos años de pandemia, el trabajo a distancia se ha convertido en algo común para muchas empresas y en un modelo híbrido para otras tantas, por lo que en México se hizo una reforma a la Ley Federal de Trabajo para regular las condiciones de los trabajadores que cumplan labores bajo esta modalidad.

 

El 12 de enero de 2021 entró en vigor el DECRETO por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo.

 

Estas nuevas disposiciones son aplicables a las relaciones laborales que se desarrollen más del 40% del tiempo en el domicilio elegido por el trabajador.

 

Bajo los lineamientos de esta ley, el articulo 330-B estipula que las condiciones de trabajo quedarán en escrito bajo un contrato, mientras que en el artículo 330-E se mencionan las siguientes obligaciones a los empleadores:

 

1.- Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo (equipo de cómputo, sillas, impresoras, etc.).

 

2.- Recibir de manera oportuna el trabajo y pagar el salario en tiempo y forma.

 

3.- Asumir costos derivados del teletrabajo, como servicios de telecomunicación y parte proporcional de electricidad.

 

4.- Cumplir con las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social respecto a los insumos entregados.

 

5.- Implementar mecanismos de seguridad de la información.

 

6.- Respetar el derecho a la desconexión digital tras la jornada laboral.

 

7.- Inscribir a los trabajadores en modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social.

 

8.- Contar con capacitación para garantizar el uso adecuado de las tecnologías de la información.  

 

Tras la entrada en vigor de esta nueva ley, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social tiene un plazo de 18 meses para publicar una nueva Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo.

 

Estas acciones se suman a los esfuerzos de la NOM 035 en materia de los riesgos psicosociales en los espacios de trabajo.

 

Conoce todas las disposiciones del decreto aquí: https://bit.ly/3AWwqCN

Gestión de emergencias en Social Media con ISO 22329

Para las organizaciones es de gran importancia llegar a las personas que les interesan de manera rápida y oportuna, por lo que una de las herramientas principales es el uso del social media, esto es, el conjunto de plataformas en las que las personas interactúan y socializan de manera digital, incluyendo redes sociales, blogs, foros o contenido multimedia.

 

La velocidad con la que la información puede estar disponible significa que las plataformas sociales son una forma invaluable de brindar actualizaciones en una emergencia, sin embargo, el tipo incorrecto de información puede propagarse con la misma rapidez y con consecuencias potencialmente desastrosas.

 

Es por esto, que para situaciones desafiantes que exigen una comunicación efectiva, se publicó la guía ISO 22329, Seguridad y resiliencia – Gestión de emergencias – directrices para el uso de redes sociales en emergencias.

 

El estándar trata de ayudar en hacer el mejor uso de las plataformas disponibles y hacer llegar la información correcta en el momento adecuado, brindando orientación sobre el uso de las redes sociales en la gestión de emergencias, a usar e interactuar con ellas de manera efectiva antes, durante y después de un incidente y cómo pueden apoyar el trabajo de los servicios de emergencia.

 

Esta norma fue desarrollada por el comité técnico ISO/TC 292, Seguridad y resiliencia y puede ser utilizada por cualquier persona involucrada en la gestión de emergencias y la comunicación de crisis, incluidas las organizaciones y empresas gubernamentales y no gubernamentales.

 

Conoce el estándar: https://www.iso.org/standard/50066.html

Alcances en los sistemas de gestión

Cuando una organización cuenta con una certificación ya sea de calidad, ambiental, antisoborno, etc., es común pensar que todos los procesos y productos dentro de la empresa forman parte del sistema de gestión y están certificados, sin embargo, la realidad es que no siempre es el caso.

 

Cuando una compañía decide pasar por una evaluación de este tipo, es necesario determinar y fijar los límites de la aplicabilidad de la norma y su sistema de gestión, ya sea que se implemente en toda la organización o solo en algunos procesos.  

 

Un alcance mal definido puede incrementar los costos y tiempos para la certificación del SG.

 

Alcance de la norma.

Cada norma o estándar tiene un enfoque diferente, por lo que sus alcances varían de uno a otro y es por ello la importancia de conocer todos los requerimientos y cómo funciona cada uno al iniciar una implementación.

 

Cada norma cuenta con una aplicabilidad sobre sus requisitos, de los cuales, pocos serán objeto de una declaración de «no aplicabilidad» según las prácticas de la organización, por lo que será necesario justificar por qué no se utilizarán en la implementación del sistema de gestión.

 

Alcance del sistema de gestión.

La organización debe determinar los límites y la aplicabilidad del sistema de gestión para establecer su alcance de acuerdo con los requisitos de la norma o normas seleccionadas a implementar y que impacten en las actividades que realiza la empresa.

 

Al definir el alcance de un sistema de gestión, se aclara sobre qué partes de la organización actúa, pudiendo abarcar toda la organización, funciones o procesos concretos, o áreas específicas.

 

De igual forma, el alcance de un sistema de gestión debe identificar las ubicaciones físicas, productos y servicios.

 

Alcance de la auditoría de certificación.

En el caso de las certificaciones, el alcance debe describir los tipos de productos y servicios proporcionados por la organización, procesos, sitios/ubicaciones, departamentos, divisiones, etc. Incluidos en el sistema de gestión a evaluar por parte de un organismo de certificación.

 

Puede darse el caso de que una organización cuente con múltiples estándares o normas implementadas en su sistema de gestión, y sin embargo, la certificación pueda ser para sólo uno de los estándares implementados o una sola ubicación física de la empresa. En cualquiera de los casos, será necesario definirlo dentro del alcance de la certificación de manera clara y evitando ambigüedades.

Producción de bebidas gaseosas

Las bebidas gaseosas común mente conocidas como “refrescos” o “soda”, son unas bebidas muy comunes en la actualidad.

 

Composición química:
El agua con dióxido de carbono produce un equilibrio químico con el ácido carbónico:
H2O + CO2 <—> H2CO3
H2CO3 <—> H+ + HCO3-

 

 

Las bebidas saborizadas contienen azúcar, agua, saborizantes artificiales, ácidos como el fosfórico, cítrico, málico, tartárico, cafeína, colorantes, endulcorantes, dióxido de carbono, conservadores, entre otros.

 

El agua es el principal elemento de la bebida, por lo que es primordial el tratamiento de la misma, normalmente es mediante osmosis inversa, filtración, ozonificación o diferentes tipos de tratamiento para agua purificada.

 

Otro elemento importante es el dióxido de carbono y carbonatación. El gas carbónico debe ser lo más puro posible y enteramente inodoro.

 

La normativa de inocuidad alimentaria para el procesamiento de bebidas, se encuentra dada mediante la Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009: Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

 

La normativa que regula la composición de las bebidas es la NOM-218-SSA1-2011, Productos y servicios. Bebidas saborizadas no alcohólicas, sus congelados, productos concentrados para prepararlas y bebidas adicionadas con cafeína. Especificaciones y disposiciones sanitarias.

 

La normativa incluye:

 

Disposiciones físicas:

Cuando por las características del envase se requiera un área de lavado de envases, ésta debe ser específica, localizarse dentro del establecimiento y contar con pisos, paredes y techos. En caso de que no exista comunicación directa entre esta área y la de llenado, se deben tomar las medidas necesarias para evitar la recontaminación de los envases.

 

  • Materia prima.

 

La materia prima empleada en la elaboración de los productos, debe cumplir con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes.

 

El límite máximo de materia extraña debe ser:

 

Tabla 1. Materia extraña

 

 

Disposiciones sanitarias.

 

Los envases no retornables vacíos,  deben almacenarse en condiciones higiénicas, protegidos de polvo y de materia extraña. Previo a su llenado, deben ser sometidos a un proceso que garantice la inocuidad del producto terminado.

 

Cuando se utilicen envases retornables, éstos deben ser sometidos a un proceso de desinfección interna y de lavado externo con soluciones desinfectantes, enjuagados con agua apta para consumo humano y escurridos de manera que no queden residuos de los desinfectantes.

 

Los tapones, tapas, hermetapas o corcholatas deben ser nuevos de material no tóxico, y mantenerse durante todo el proceso en condiciones higiénicas libres de polvo y de materia extraña. En caso de contaminación, éstas deberán lavarse y desinfectarse con soluciones que no modifiquen, reaccionen o alteren las características de éstos, evitando la contaminación por arrastre.

 

  • Especificaciones microbiológicas

 

Tabla 2. Especificaciones microbiológicas


* Sólo en casos de contingencia sanitaria.

 

Las bebidas adicionadas con cafeína no deben contener más de 33mg de cafeína/100mL de producto.

 

Las bebidas para deportistas deben contener, por lo menos sodio e hidratos de carbono en forma de azúcares, en las siguientes concentraciones:

 

  • Sodio entre 230 y 575 mg/L
  • Hidratos de carbono (azúcares) máximo 80 g/L

 

En la normativa de referencia, se encuentran los límites máximos de las sustancias controladas para la fabricación de las bebidas.

 

Hablaremos un poco del método de producción:

 

  • Lavado de botellas:

Efectuado con una solución alcalina caliente y enjuague con agua potable. La sosa cáustica es el principal ingrediente; mediante tiempo y temperatura, se logra la esterilización de la botella.

 

  • Embotellamiento

Proceso por el cual se incluye el llenado, taponeado y la medición de cantidades exactas de jarabe y aguas gaseosas. El método de embotellado es de manera rápida y segura.

 

  • Control de calidad

Entre los parámetros que se miden son grados brix, grado de carbonatación, características organolépticas.

 

 

Una materia prima adecuada, un proceso controlado y una medición de parámetros exacta, nos hará disfrutar de una agradable bebida refrescante. Las bebidas son de alto consumo, por lo que la maquinaria utilizada para dicho proceso es muy avanzada y existe en el mercado diversidad. Los procesos de análisis y formulación son controlados y trabajando bajo los parámetros, se producirá una refrescante bebida apta para el consumo humano.

 

GFSI: Revisión Estratégica del Programa Equivalencia Técnica

GFSI es una organización mundialmente reconocida en evaluación comparativa para programas privados de certificación de seguridad alimentaria y, desde 2014, para estándares propiedad de agencias públicas conocido como el programa de Equivalencia Técnica.

 

En 2020, se decidió que se requería una revisión estratégica de Equivalencia Técnica para redefinir su lugar dentro de las actividades de GFSI y abordar los aspectos de su proceso que preocupan a las partes interesadas.

 

Entre los aspectos en los que se esperan resultados se encuentran los siguientes:

 

Armonización: la certificación de terceros acreditada y reconocida por GFSI garantiza un Sistema de Seguridad Alimentaria (FSS) que proporciona elementos esenciales para el suministro de alimentos seguros para las personas en todo el mundo.

 

Desarrollo de capacidades: Permitir mejoras en el FSS de los operadores de empresas alimentarias (FBO) no certificados por un programa reconocido por GFSI, de modo que puedan lograr la certificación GFSI y / o el cumplimiento normativo, lo que resulta en alimentos más seguros para las personas en todas partes.

 

Asociaciones público-privadas: los reguladores de seguridad alimentaria confían en que la certificación reconocida por GFSI se puede utilizar para la asignación de recursos basada en riesgos y, junto con las OIG y la industria alimentaria en general, los riesgos comunes de seguridad alimentaria se abordan de manera estandarizada.

 

Para formar parte de la encuesta puedes consultar el siguiente enlace: https://www.surveymonkey.com/r/KBLZHTR

 

La consulta cerrará el 14 de diciembre del 2021.

Estado mundial de la agricultura y alimentación 2021

Como cada año, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) ha publicado su informe del Estado mundial de la agricultura y la alimentación, siendo titulado este 2021 como “Lograr que los sistemas agroalimentarios sean más resilientes a las perturbaciones y tensiones”, esto tras los obstáculos y vulnerabilidades presentes durante la pandemia del COVID-19.

 

El informe define las perturbaciones como “desviaciones de breve duración de las tendencias a largo plazo que tienen efectos negativos sustanciales en un sistema, el estado de bienestar de las personas, los activos, los medios de vida, la seguridad y la capacidad de soportar perturbaciones futuras”, siendo los fenómenos meteorológicos extremos, enfermedades y plagas ejemplos de perturbaciones.

 

En el informe se presentan indicadores nacionales de la resiliencia de los sistemas agroalimentarios en más de 100 países y se analizan factores como las redes de transporte, los flujos comerciales y la disponibilidad de dietas saludables y variadas.

 

Entre las recomendaciones que ofrece la FAO de acuerdo con datos empíricos del informe, se encuentra la diversificación de fuentes de insumos, producción, mercados y cadenas de suministro; una mayor conectividad entre las fuentes de suministro, canales de transporte, comercialización, insumos y mano de obra, para minimizar las perturbaciones que pudieran presentarse.

 

 

Conocer el informe completo:

 

FAO. 2021. El estado mundial de la agricultura y la alimentación 2021. Lograr que los sistemas agroalimentarios sean más resilientes a las perturbaciones y tensiones. Roma, FAO. 

https://doi.org/10.4060/cb4476es

 

 

ISO 29993 – Servicios de aprendizaje fuera de la educación formal

ISO 29993 es un estándar de servicio que especifica un conjunto de requisitos mínimos para el aprendizaje fuera de la educación formal, promoviendo la comprensión y conciencia de los alumnos y patrocinadores en cuanto a la calidad, secuencia y resultados del aprendizaje.

 

Servicios de aprendizaje fuera de la educación formal significa servicios de aprendizaje proporcionados por organizaciones o personas distintas de los sistemas formales de educación reconocidos y establecidos como la educación primaria, secundaria o superior; incluyendo todo tipo de aprendizaje permanente como la formación vocacional y la formación en la empresa.

 

La estructura de esta norma refleja la secuencia en un servicio de aprendizaje prototípico, que incluye publicidad, información proporcionada antes de la adquisición del servicio, análisis de necesidades, diseño, valoración y evaluación.

 

Mientras que ISO 29993 indica los requerimientos del servicio fuera de la educación formal, los elementos de un sistema de gestión para una organización educativa se abordan en la ISO 21001.

 

ISO 29993 fue desarrollado por el comité técnico de ISO para servicios de aprendizaje fuera del

educación (ISO / TC 232).

 

 

Etiquetado de productos – Código SQF

Las regulaciones para el etiquetado de los productos alimenticios varían de país en país y el correcto etiquetado es esencial para cumplir con los requisitos del código SQF, de no hacerlo, puede llevar a que la organización caiga en incumplimientos que pueden generar diversas consecuencias, desde simples No conformidades, hasta la suspensión o retiros de certificados e incluso el retiro del producto del mercado.


Por eso mismo, abordaremos unos cuantos puntos que nos ayudarán a asegurar el cumplimiento de los requisitos del código SQF para el etiquetado.


v  Reportes de verificación formal de etiquetado.

Ø  Se deben mantener registros del cumplimiento del etiquetado para todos los productos, nuevos y existentes.

§  Un reporte formal de verificación de etiquetas ofrece una revisión comprensible y un registro del cumplimiento con el etiquetado.

 

v  Cumplimiento con centros globales de revisión de etiquetado.

Ø  Las etiquetas de los productos deben cumplir con las regulaciones aplicables de acuerdo con país en que se encuentre el sitio de manufactura y el país o países de venta si se conocen.

§  Un servicio global de etiquetado de inocuidad alimentaria permite el acceso a la experiencia de una red global de consultores de inocuidad alimentaria que pueden revisar las etiquetas para cumplir con los requisitos de acceso en los mercados de destino.

 

v  Precisión en el etiquetado del producto terminado.

Ø  El sitio debe documentar e implementar métodos para controlar la exactitud de las etiquetas de los productos acabados y garantizar que los productos en curso y acabados sean fieles a la etiqueta en lo que respecta a los alérgenos.

§  Los expertos en el etiquetado de inocuidad alimentaria pueden revisar y aconsejar desde el diseño hasta la declaración de alérgenos.

 

v  Seguro contra la vulnerabilidad por fraude alimentario debido al mal etiquetado.

Ø  Los métodos, responsabilidades y criterios para identificar las vulnerabilidades del sitio ante el fraude alimentario, incluyendo el mal etiquetado debe ser documentado, implementado y mantenido.

§  Los expertos en el etiquetado de inocuidad alimentaria pueden identificar y corregir el mal etiquetado en declaraciones de alérgenos, traducción de etiqueta, declaraciones nutricionales y de salud, especificaciones, y declaraciones especiales.

 


Puedes consular el código vigente de SQF desde
SQFi.com

 

Alimentos de Bioingeniería de acuerdo con el USDA

Un alimento de bioingeniería es un alimento que contiene material genético que ha sido modificado mediante técnicas de ADNr in vitro y para el cual la modificación no podría obtenerse de otro modo mediante el mejoramiento convencional o encontrarse en la naturaleza.

 

El 20 de diciembre de 2018 se anuncia el Estándar Nacional de Divulgación de Alimentos de Bioingeniería para divulgar alimentos que son o pueden ser de bioingeniería.

 

Productos que aplica:

  • Alfalfa
  • Manzana
  • Canola
  • Maíz
  • Algodón
  • Berenjena
  • Papaya (variedades resistentes al virus de la mancha anular)
  • Piña (variedades de pulpa rosada)
  • Patata
  • Salmón
  • Haba de soja
  • Calabaza
  • Remolacha azucarera

 

El material genético modificado no es detectable si:

 

Los registros verifican que los alimentos se elaboran a partir de alimentos que no han sido obtenidos mediante bioingeniería;

Los registros verifican que el alimento se ha refinado mediante un proceso validado para que el material genético modificado sea indetectable; o

Los registros de pruebas para el alimento específico confirman la ausencia de material genético modificado detectable.

 

Una vez que se ha demostrado que un proceso hace que el material genético modificado en un ingrediente específico sea indetectable, no es necesario realizar pruebas adicionales de ese ingrediente a menos que se realicen cambios en el proceso de fabricación.

 

El USDA adoptó que los aditivos accidentales, cuando se usan de acuerdo con 21 CFR 101.100 (a) (3), no son alimentos o ingredientes de bioingeniería y no provocan la necesidad de divulgación.

 

Los logotipos para usar en los alimentos de bioingeniería son los siguientes:

 

 

Se debe incluir un escaneo electrónico. Se deben indicar las instrucciones para «Escanear aquí para obtener más información sobre alimentos» o un lenguaje similar que refleje un cambio en la tecnología, como «Escanee en cualquier parte del paquete para obtener más información sobre alimentos».

 

Cuando se accede, el enlace electrónico o digital debe ir directamente a la página de información del producto. La página de información del producto debe:

 

  • Sea la primera pantalla en aparecer en un dispositivo electrónico o digital
  • Incluir la divulgación de alimentos de bioingeniería en forma de texto o símbolo
  • No debe recopilar información sobre el consumidor o sus dispositivos.
  • Se debe incluir un teléfono para obtener más información del producto.

 

Referencia:

www.ams.usda.gov/be

Gestión Antisoborno

Una gestión antisoborno es un conjunto de reglas relacionadas entre sí que contribuyen a la gestión de prevención del soborno mediante el establecimiento de políticas, objetivos de mejora y ejecución de las actividades definidas. 

  1. «Reducción del riesgo de soborno”: ayudar a llevar a cero los posibles casos de soborno en la organización.
  2. «Demostrar transparencia»: con el uso de un Sistema de Gestión Antisoborno la organización le estará diciendo a sus trabajadores, propietarios, socios y al resto del mundo que tiene una política de tolerancia cero hacia la corrupción.
  3. «Incremento de la competitividad»: al demostrar un fuerte compromiso ético, el éxito de la organización se verá en aumento pues la inversión externa y los clientes potenciales la contemplarán como una referencia o modelo a seguir.
  4. «Detección oportuna de suspicacias»: implementar el Sistema de Gestión Antisoborno permitirá detectar cualquier irregularidad alrededor de los asuntos financieros o comerciales, contribuyendo a disminuir la corrupción.
  5. «Proveer evidencia»: La correcta implementación del ISO 37001 permite presentar evidencia favorable en casos en los que exista una investigación criminal, demostrando que la empresa procuró evitar este tipo de sucesos de manera correcta.

 

¿QUÉ ES SOBORNO?

Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directamente o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño (3.16) de las obligaciones de esa persona

Nota 1 a la entrada: Lo anterior es una definición genérica. El significado del término «soborno” es el definido por las leyes antisoborno aplicables a la organización (3.2) y por el sistema de gestión (3.5) antisoborno diseñado por la organización.

 

¿CÓMO LO PREVENIMOS?

  • Implementando la ISO 37000.
  • Con la cero tolerancia al soborno y deben empezar por la concientización, educación, compromiso de la alta gerencia, desarrollo de buenas prácticas, una adecuada gestión de riesgos y seguimiento a los controles establecidos.
  • Estableciendo la política de prevención de soborno que forma parte, del código ético o de conducta de las empresas y, por tanto, de su modelo de cumplimiento, puesto que contar con este tipo de protocolos puede ayudar a eximir a la empresa de responsabilidad penal en caso de que alguno de sus miembros cometa un delito de este tipo. La política de prevención de soborno recoge una serie de medidas de prevención de delitos, a la empresa o cualquiera de sus empleados o directivos.
  • Realizando un análisis de riesgos para la empresa en caso de que se produzca este tipo de delito.
  • Adelantarse a posibles conflictos de interés y, sobre todo, evitarlos.
  • Llevar a cabo una medición y control de la política anti-sobornos para saber si está funcionando adecuadamente o es necesarios replantearla y mejorarla.
  • Habilitar un canal de denuncias seguro dentro de la empresa.
  • Los empleados deben conocer las consecuencias que afrontarán en caso de cometer un delito de corrupción.